- ¿Qué relación se establece entre la Central de Coordinación del Sistema HIT y cada uno de los docentes que se integran al mismo?
- La única relación que se establece es operativa. Según la modalidad por la que haya ingresado el docente, tendrá ciertas obligaciones y ciertos derechos que regularán la vinculación, no generándose en ningún caso una relación laboral o legal.
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- ¿Cuál son las formas posibles de integración al Sistema?
- Hasta ahora hemos establecido dos modalidades o casos posibles:
1) Si el docente no ha rentado aún su propia sala de videoconferencias a través de alguna empresa de ese rubro, deberá hacerlo a través de una cuenta cuyo titular sea fundador de HIT. Al abonar la mensualidad que elija en HotConference, tendrá derecho a una capacitación en el uso de las salas impartida por su patrocinador, la que no tendrá costo adicional. Asimismo ganará su derecho a publicitar sin cargo a través del Sistema el curso o los cursos que se proponga dictar, tanto en este blog base como en todas las promociones habituales que HIT realizará a través de los medios de comunicación, tanto dentro como fuera de Internet.
2) Si el docente ya es usuario de una sala de video conferencias propia o de un tercero, podrá equipararse a los ingresados por la modalidad anterior abonando mensualmente us$ 15. Solamente están excluidos de esta obligación los fundadores de HIT.
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